Inscripción del matrimonio nacionales UE y extracomunitarios
- Darrera actualització el 12 Maig 2015
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Informació Oficina d'Estrangers de Barcelona:
Información de interés, con incidencia en las solicitudes de tarjeta de residencia de familiar de ciudadno de la UE.
Para de acreditar el vÃnculo matrimonial entre un ciudadano comunitario (no español) y otro ciudadano extracomunitario se requerirá la aportación del certificado de matrimonio del paÃs del ciudadano comunitario, cuando dicho paÃs exija la inscripción del matrimonio en uno de sus Registros Nacionales para que el matrimonio despliegue sus efectos en dicho paÃs; o la aportación del certificado de matrimonio del paÃs del extracomunitario o del paÃs de celebración del matrimonio, cuando no sea obligatoria la inscripción del matrimonio en un Registro Nacional del paÃs del ciudadano comunitario para que despliegue sus efectos en dicho paÃs.
A. PaÃses que SI requieren la inscripción del matrimonio en el Registro Nacional o equivalente del paÃs comunitario para que se considere válido y por tanto se deberá aportar el Certificado de Matrimonio del paÃs del ciudadano comunitario.
Bulgaria// Dinamarca// Eslovaquia// Eslovenia// Estonia// Francia// Grecia// Italia// HungrÃa// Letonia// Lienchestein// Lituania// Malta// Polonia// Portugal// RumanÃa// Suiza
B. PaÃses que NO requieren la inscripción del matrimonio en el Registro Nacional o equivalente del paÃs comunitario para que se considere válido, por lo que se podrá aportar el Certificado de Matrimonio del paÃs del ciudadano extracomunitario o el Certificado de Matrimonio del paÃs de celebración del mismo.
Alemania// Austria// Bélgica// Rep. Checa// Chipre// Finlandia// Irlanda// Islandia// Luxemburgo// Noruega// PaÃses Bajos// Reino Unido* //Suecia
*Los ciudadanos del Reino Unido, que residen en España, también podrán acreditar su matrimonio con un ciudadano extracomunitario mediante certificación de los Consulados Británicos en España.
Los certificados de matrimonio, cuando proceda, deberán venir debidamente apostillados o legalizados y, en su caso, traducidos
Més informació accedeix a la web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas