Actualizado los modelos oficiales de solicitud para trámites de extranjería
- Darrera actualització el 14 Juliol 2017
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Nota informativa de la Oficina d'estrangers de Barcelona: "actualizado los modelos oficiales de solicitud para trámites de extranjería".
Les informamos que se han actualizado los modelos oficiales de solicitud para trámites de extranjería, disponibles en la web de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración,
http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/index.html
Dichos modelos de solicitud han sido modificados atendiendo a las disposiciones contempladas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las modificaciones efecutadas se refieren principalmente al consentimiento para la comprobación de los datos:
Dado que los interesados no están obligados a aportar documentos que hayan sido elaborados por cualquier Administración o que hayan sido ya aportados anteriormente en un procedimiento administrativo, los nuevos modelos de solicitud incorporan una casilla para dar el consentimiento para la consulta sobre datos y documentos que ya obren en el poder de la administración.
A tal fin los modelos incorporan un ANEXO I en el que habrá que enumerar los documentos cuya consulta se autoriza, y un ANEXO II para los documentos para los que se deniega el consentimiento para consulta, en caso de que la persona interesada desee oponerse expresamente a dicha consulta.
Se recuerda la importancia de rellenar debidamente los datos a efectos de notificaciones. La notificación se realizará a la persona cuyos datos se indiquen en el apartado "domicilio a efectos de notificaciones" o, en su defecto, al solicitante.
La notificación se realizará por medios electrónicos a todos los solicitantes que marquen la casilla de consentimiento para ello al pie de la prímera página del modelo de solicitud, y también, aunque no hayan dado su consentimiento, a las personas jurídicas y los colectivos de personas físicas que, por su capacidad económica o técnica, dedicación profesional u otros motivos acreditados, tengan garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos, colectivos que vienen obligados a la notificación electrónica según lo dispuesto en la Disposición Adicional 4ª del Reglamento de la Ley de Extranjería, Real Decreto 557/2011.
Los nuevos modelos de solicitud están ya disponibles en la web mencionada anteriormente, y son los que deben ser utilizados para la tramitación de procedimientos de extranjería.
Barcelona, a 3 de julio de 2017