Autorización temporal de residencia por razones humanitarias a ciudadanos de nacionalidad venezolana
- Darrera actualització el 07 Març 2019
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Nota informativa sobre concesión de autorización temporal de residencia por razones humanitarias a ciudadanos de nacionalidad venezolana cuyas solicitudes de protección internacional hayan sido denegadas.
Nota informativa de la Oficina de Extranjeros:
Según información recibida del Ministerio del Interior, la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio (CIAR) correspondiente al mes de febrero, ha propuesto la concesión de una autorización de residencia temporal por razones humanitarias de protección internacional de un año de duración, prorrogable, a ciudadanos de nacionalidad venezolana cuyas solicitudes de protección internacional hayan sido denegadas.
La persona solicitante podrá documentarse directamente en dependencias policiales, mediante obtención de cita previa en la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública. Este servicio se habilitará próximamente.
A través de la página web de la Dirección General de la Policía se determinará la documentación necesaria para solicitar la expedición y entrega de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE).
Igualmente, podrán solicitar residencia temporal por razones humanitarias de protección internacional, en caso de que cumplan determinados requisitos, las personas nacionales de Venezuela a las que se les haya denegado la protección internacional con anterioridad a febrero de 2019, siempre que sus solicitudes hubiesen sido presentadas y denegadas con posterioridad al 1 de enero de 2014.
Para documentarse, se deberá solicitar cita del mismo modo que en el supuesto anterior.
IMPORTANTE:
Desde la notificación de la resolución en la que se concede la autorización de residencia temporal se encuentra reconocido el derecho a trabajar, sin que sea preciso solicitar una autorización adicional.