Convocatoria para la cobertura de cinco plazas para la prestación del servicio de orientación jurídica municipal (POJM)

La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Granollers (ICAVOR), en su sesión de fecha 30 de octubre de 2026, acuerda aprobar la presente convocatoria para la selección de cinco letrados/as para la cobertura de plazas adscritas al Servicio de Orientación Jurídica Municipal (POJM) en diversos municipios, de acuerdo con el convenio de colaboración suscrito con las administraciones locales correspondientes, para el período comprendido desde el 1 de enero de 2027 al 31 de diciembre de 2027.

Esta convocatoria se dicta en ejercicio de las competencias atribuidas al Colegio de Abogados como corporación de derecho público, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre colegios profesionales, modificada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre; así como la Ley 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales de Cataluña.

Igualmente, se ajusta a lo que establecen los Estatutos colegiales vigentes, el Reglamento del Turno de Oficio y Asistencia al Detenido del Colegio, y los convenios de colaboración suscritos con la Diputación de Barcelona para el desarrollo del Servicio de Orientación Jurídica Municipal (POJM).

El proceso selectivo se regirá por los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, y por las normas establecidas en esta convocatoria.

1. Objeto de la Convocatoria

El objeto de esta convocatoria es la selección de cinco (5) abogados/as colegiados/as en el ICAVOR para la prestación del Servicio de Orientación Jurídica Municipal (POJM) en los municipios de Sant Celoni, Les Franqueses del Vallès, La Llagosta, La Garriga y Santa Eulàlia de Ronçana.

La cobertura de las plazas queda condicionada a la aprobación y percepción de la subvención o aportación correspondiente por parte de la entidad pública financiadora.

2. Requisitos de las Personas Aspirantes

Para ser admitidas al proceso de selección, las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes hasta la contratación:

  1. Ser abogado/a ejerciente colegiado/a en el ICAVOR.
  2. Estar al corriente de pago de las cuotas colegiales, no tener expedientes disciplinarios abiertos y no estar cumpliendo ninguna sanción disciplinaria firme incompatible con el ejercicio profesional o con las funciones del servicio.
  3. Acreditar una experiencia mínima de tres años en el ejercicio profesional y haber prestado servicios al menos en dos áreas del Turno de Oficio.
  4. Disponer de formación específica en Derecho, acreditable documentalmente.
  5. Tener despacho abierto dentro del ámbito territorial del Colegio.
  6. No estar inscrito/a en ningún otro Servicio de Orientación Jurídica Municipal.
  7. Acreditar disponer de una póliza de responsabilidad civil profesional con una cobertura mínima equivalente a la prevista en la póliza colectiva del Colegio.
  8. Estar dado/a de alta en el RETA o en una mutua de previsión social, con aportación del último recibo acreditativo.
  9. Comprometerse a atender a los ciudadanos en la lengua oficial que elijan (catalán o castellano), de acuerdo con el artículo 6 del Estatuto de Autonomía de Cataluña y la Ley 1/1998, de política lingüística.
  10. No estar incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad para el ejercicio de la profesión.

3. Presentación de Solicitudes

Las solicitudes para participar en este proceso selectivo se deberán presentar en el Registro General del ICAVOR, o bien telemáticamente a través de la dirección de correo electrónico secretaria@icavor.com, como fecha máxima el próximo día 13 de noviembre de 2026.

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  • Solicitud de participación firmada.
  • Currículum Vitae actualizado.
  • Certificado o documento colegial acreditativo de la antigüedad, la situación de ejerciente y las áreas del Turno de Oficio.
  • Documentación acreditativa de los méritos alegados.
  • Certificados de formación, cuando corresponda.
  • Copia de la póliza y del último recibo del seguro de responsabilidad civil.
  • Declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos, la disponibilidad y la ausencia de incompatibilidades.
  • Justificante de estar al corriente de la Seguridad Social o de la Mutua de Previsión Social.

Los méritos no alegados o no acreditados dentro del plazo no serán valorados, salvo que la documentación ya conste en poder del ICAVOR y la persona aspirante identifique suficientemente el expediente.

La falsedad o inexactitud esencial de la documentación presentada podrá comportar la exclusión del proceso y, si se detecta posteriormente, las consecuencias jurídicas correspondientes, previa audiencia.

4. Admisión de las personas aspirantes

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación del motivo de exclusión.

Las personas interesadas dispondrán de un plazo de dos días hábiles para subsanar los defectos detectados. Resueltas las subsanaciones, se publicará la lista definitiva, la composición del Tribunal de Selección y las instrucciones relativas a la prueba.

Las publicaciones en el tablón electrónico o en la web del ICAVOR tendrán efectos de comunicación general, con respeto a la normativa de protección de datos.

5. Proceso de Selección y Criterios de Evaluación

El proceso de selección se llevará a cabo el día 18 de noviembre a las 16:00 horas en la sede del Colegio de Granollers, calle Llevant, 2. El proceso se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con una puntuación máxima de 70 puntos, distribuidos de la siguiente manera:

A) Fase de Oposición (Puntuación máxima: 40 puntos)

Esta fase es eliminatoria y consistirá en dos pruebas:

  • 1. Prueba escrita (Puntuación máxima: 40 puntos): Resolución de preguntas tipo test y/o de un caso práctico relacionado con las materias propias del servicio. Se valorará el conocimiento jurídico, la capacidad de análisis y la claridad expositiva. Para superar esta prueba será necesario obtener una puntuación mínima de 20 puntos.

B) Fase de Concurso (Puntuación máxima: 30 puntos)

Solo accederán a esta fase las personas que hayan superado la prueba escrita.

Se valorarán los méritos siguientes, siempre que estén debidamente acreditados:

  • Experiencia en SOJ: hasta 10 puntos. 1 punto por cada 100 horas acreditadas de prestación efectiva, o fracción igual o superior a 50 horas.
  • Experiencia en el Turno de Oficio: hasta 6 puntos. 0,75 puntos por cada año completo adicional a los tres exigidos y 0,375 puntos por fracción igual o superior a seis meses.
  • Formación especializada: hasta 8 puntos. 0,20 puntos por cada 10 horas de formación acreditada en asistencia jurídica gratuita, MASC, extranjería, vivienda, familia, violencias machistas, discapacidad, infancia, deontología o atención a personas vulnerables. Solo se valorarán cursos de cinco horas o más.
  • Experiencia en atención jurídica, mediación o resolución de conflictos: hasta 3 puntos. 0,5 puntos por cada 100 horas acreditadas que no hayan sido puntuadas en otro apartado.
  • Idiomas adicionales: hasta 3 puntos. 1,5 puntos por cada idioma diferente del catalán y castellano con un nivel mínimo B2 acreditado.

Un mismo mérito no podrá ser valorado en más de un apartado.

La puntuación final será la suma de la puntuación obtenida en la prueba escrita y en la fase de concurso.

En caso de empate, prevalecerá, por este orden:

  1. La mayor puntuación en la prueba escrita.
  2. La mayor puntuación en experiencia en SOJ.
  3. La mayor puntuación en formación especializada.
  4. Entrevista estructurada de desempate, con las mismas preguntas y criterios para todas las personas empatadas.
  5. La mayor antigüedad como ejerciente en el ICAVOR.
  6. Sorteo público.

La entrevista tendrá exclusivamente la finalidad de resolver el empate y no podrá alterar el orden de las personas aspirantes no afectadas.

6. Tribunal de Selección

El Tribunal de Selección será nombrado por la Junta de Gobierno del ICAVOR y estará compuesto por:

  • Presidente/a: un miembro de la Junta de Gobierno.
  • Vocal: una persona con conocimientos jurídicos o de recursos humanos designada por la Junta de Gobierno.
  • Secretario/a: la persona titular de la Secretaría del Colegio o persona en quien delegue, con voz pero sin voto.

El Tribunal actuará con imparcialidad y autonomía funcional y dejará constancia motivada de sus decisiones y puntuaciones.

Su composición procurará respetar la presencia equilibrada de mujeres y hombres y los principios de especialización e imparcialidad.

7. Resultado del proceso y bolsa de reserva

El Tribunal elevará a la Junta de Gobierno la propuesta de la persona aspirante que haya obtenido la puntuación más alta. La contratación quedará condicionada a la comprobación de los requisitos y de la disponibilidad presupuestaria.

La persona propuesta dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para aportar los originales o la documentación definitiva requerida.

En caso de renuncia, incompatibilidad o falta de acreditación de los requisitos, se propondrá a la persona aspirante siguiente por orden de puntuación.

Las personas que hayan superado la prueba escrita podrán formar parte de una bolsa de reserva con una vigencia de doce meses, por orden de puntuación, destinada a cubrir eventuales renuncias, vacantes o necesidades temporales análogas, si así lo acuerda la Junta de Gobierno.

8. Condiciones del Servicio

Las personas seleccionadas se incorporarán al servicio en la fecha que se establezca. La prestación del servicio se formalizará mediante el correspondiente contrato de arrendamiento de servicios. La remuneración será de 32,44 euros/hora brutos, financiada mediante la subvención pública correspondiente. El Colegio realizará las gestiones necesarias para garantizar el pago puntual de la misma.

Cada final de cuatrimestre, el letrado/a deberá presentar al Colegio:

  • Certificado y Memoria Justificativa según el modelo vigente, con las horas efectivamente prestadas.
  • Las memorias justificativas presentadas deberán corresponder estrictamente a la actividad desarrollada en el período cuatrimestral que se reporta.
  • Al finalizar el servicio, una Memoria Global Justificativa y una Memoria Económica en el plazo máximo de un mes.

El Colegio liquidará los importes devengados una vez recibida la subvención por parte de la Administración correspondiente y previa validación del certificado de horas.

La formalización del Contrato de Servicios Profesionales con el Colegio se deberá efectuar dentro de los dos primeros meses desde el inicio del servicio, y quedará condicionada a la existencia de cobertura presupuestaria y a la vigencia del convenio de colaboración con la entidad pública financiadora.

Los horarios podrán estar sujetos a variaciones en función de las necesidades del servicio y de las indicaciones de la Diputación de Barcelona.

Municipio Día Horario estimado
Sant Celoni Viernes 10:00 a 13:00 h
Les Franqueses del Vallès Jueves 10:00 a 12:00 h
La Llagosta Viernes 09:00 a 13:00 h
La Garriga Viernes 10:00 a 12:00 h
Santa Eulàlia de Ronçana Martes 09:30 a 11:30 h

Cualquier modificación en los horarios o condiciones del servicio será comunicada con la debida antelación y requerirá el acuerdo de las partes.

9. Protección de datos de carácter personal

De conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos, los datos personales de las personas aspirantes serán tratados por el Ilustre Colegio de Abogados de Granollers con la finalidad de gestionar el proceso de selección, comprobar los requisitos, resolver las eventuales reclamaciones, formalizar la contratación y, en su caso, gestionar la bolsa de reserva.

El responsable del tratamiento es el Ilustre Colegio de Abogados de Granollers, CIF Q0863004H, calle Llevant, 2, 08402 Granollers, correo electrónico secretaria@icavor.com. El contacto del/de la delegado/a de protección de datos es dpd@icavor.com.

La base jurídica del tratamiento será la aplicación de medidas precontractuales, el cumplimiento de las obligaciones legales correspondientes y, para las actuaciones colegiales sometidas a derecho público, el cumplimiento de una misión realizada en interés público.

Los datos solo serán comunicados a los miembros del Tribunal, a los órganos competentes del ICAVOR, a las administraciones financiadoras cuando sea necesario y a los organismos administrativos o judiciales legalmente competentes.

Las listas y puntuaciones se publicarán únicamente con los datos necesarios y durante el tiempo imprescindible.

Las personas interesadas podrán ejercer los derechos que les reconozca la normativa de protección de datos y presentar reclamación ante la autoridad de control competente.

10. Régimen de reclamaciones y recursos

Las alegaciones contra las listas de personas admitidas y excluidas y contra las puntuaciones provisionales se deberán presentar dentro de los plazos establecidos en esta convocatoria y serán resueltas motivadamente antes de la propuesta definitiva.

Los actos definitivos de la Junta de Gobierno que estén sometidos al derecho administrativo podrán ser impugnados de acuerdo con los Estatutos del ICAVOR y la legislación administrativa aplicable.

Las controversias relacionadas con la selección y contratación de personal laboral o con la relación de trabajo corresponderán al orden jurisdiccional social, sin perjuicio de la naturaleza concreta del acto objeto de impugnación.

12. Publicidad y entrada en vigor

La convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el tablón electrónico y en la web del ICAVOR y se le dará difusión suficiente entre las personas colegiadas.

En Granollers, a 02 de noviembre de 2026

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