Estatutos del Ilustre Colegio de Abogados de Granollers

Bienvenidos al espacio de consulta de los Estatutos del Colegio de Abogados de Granollers, inscritos en el Registro de Colegios Profesionales de la Generalitat de Catalunya mediante la Resolución JUS/1436/2011, de 3 de junio.

La resolución declara la adecuación de los Estatutos a la normativa vigente, especialmente a la Ley 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales.

Presentación

El Colegio de Abogados de Granollers actúa como corporación de derecho público con funciones de representación institucional, ordenación del ejercicio profesional y garantía deontológica de la abogacía dentro de su ámbito territorial.

Los Estatutos regulan:

  • La organización y el funcionamiento del Colegio.
  • Los derechos y deberes de los colegiados y colegiadas.
  • Los órganos de gobierno.
  • El régimen disciplinario y deontológico.
  • El funcionamiento administrativo y económico.
  • Los mecanismos de participación colegial.
Portada de los Estatutos del Ilustre Colegio de Abogados de Granollers

Estatutos del Colegio de Abogados de Granollers: JUS/1436/2011, de 3 de junio, por la que, habiendo comprobado previamente su adecuación a la legalidad, se inscriben en el Registro de Colegios Profesionales de la Generalitat de Catalunya los Estatutos del Colegio de Abogados de Granollers [DOGC núm. 5901, 16-6-2011].

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